El 17 de abril de 2005 el presidente de los Estados Unidos firmó la “Ley de Prevención de Abuso de Quiebra y Protección al Consumidor” donde se requiere que los clientes que decidan radicar quiebra bajo un Capítulo 7 o 13, tienen que recibir orientación previa a la radicación de quiebra.
Durante la orientación, un consejero certificado de CCCS evaluará su situación económica personal, le hablará de las alternativas a la bancarrota y le ayudará a crear un presupuesto personal de acuerdo a sus recursos y sus necesidades. El consejero revisará sus ingresos, gastos, activos y deudas. Este proceso le lo ayudará a conocer su situación financiera real. El consejero trabajará con usted para desarrollar un plan de gastos razonable, un plan de acción detallado y lo ayudará a establecer metas financieras a corto y largo plazo.
Los documentos necesarios para poder realizar una orientación completa son:
- Evidencia de sus ingresos: talonarios de cheques de pago o estado de cuenta bancario.
- Los estados de cuenta más recientes de sus tarjetas de crédito o una lista con el nombre de sus acreedores, el balance y el pago mensual.
- Las libretas de sus préstamos personales, hipoteca y/o automóvil.
- Recibo de sus gastos mensuales: agua, luz, teléfono, celular, etc.
Para comenzar una sesión de orientación previa a la radicación de quiebra llame al 1-800-717-2227 para concertar una cita en persona. Por el momento esta orientación se ofrece sólo en persona. Puede comenzar parte del proceso por Internet y terminar el proceso en alguna de nuestras sucursales, clic aquí.



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